Artículo 5-La capitalidad

1. La capital de Cataluña es la ciudad de Barcelona.
2. Barcelona es la sede del Gobierno de la República, del Parlamento y del Tribunal Supremo, poderes ejecutivo, legislativo y judicial, respectivamente.
3. La Administración del Estado se caracteriza por los principios de proximidad y descentralización; en consecuencia, el Consejo de Ministros se reunirá en sesión plenaria con una periodicidad mínima anual en las ciudades de Girona, Lleida y Tarragona.