Artículo 4-La lengua

1. La lengua oficial y propia de Cataluña es el catalán y, por lo tanto, será usada de forma preferente por todas las Administraciones Públicas en sus respectivos ámbitos.
2. Dada la actual composición demográfica y social de Cataluña, y con la explícita voluntad de velar por la mejor convivencia entre todos los catalanes, sea cual fuere su origen, el castellano disfruta del estatus de lengua cooficial, y podrá ser usado oralmente y por escrito por todos aquellos ciudadanos que así lo deseen.
3. El occitano es la lengua oficial y propia de la Vall d’Aran, en régimen de cooficialidad plena con el catalán.
4. Todos los poderes públicos velarán para que no se produzca ninguna discriminación por razón de lengua, dado que todas merecen idéntico respeto y forman parte de la opción personal y libre de cada individuo.
5. Declaramos que la lengua y la cultura favorecen la cohesión interna, la prosperidad común, el enraizamiento social y la diversidad del país.