Artículo 64-Los gobiernos locales

1. La estructura territorial básica de Cataluña se fundamenta en los municipios.
2. Las comarcas están integradas por un municipio o más, en función de su población y extensión geográfica.
3. Los Ayuntamientos podrán firmar acuerdos entre ellos para formar Entes Supramunicipales, con el objetivo de mejorar la eficiencia de los servicios públicos comunes.