Artículo 36-De la organización territorial y la Administración

1. La división administrativa básica es la comarca.
2. Para garantizar la máxima eficiencia de los servicios públicos, el Estado catalán estará formado por siete veguerías. La ley determinará su extensión y sus competencias específicas.
3. Las comarcas se dividen en municipios, que libremente podrán agruparse con el objetivo de prestar mejores servicios a la comunidad.