Artículo 19-Derecho a la educación

1. La enseñanza primaria es gratuita y será obligatoria para los menores de 16 años.
2. La escuela pública disfrutará de los recursos humanos, materiales y financieros necesarios con el fin de garantizar el máximo nivel de calidad.
3. La libertad de cátedra permanece garantizada en todos los ámbitos, sin más restricción que el estricto respeto a los derechos humanos.